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Descripción
Este trámite permite formular quejas y sugerencias ante esta Entidad.
Requisitos
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulador en dicha normativa.
Plazo de presentación
Contínuo
Efecto del Silencio
Según normativa aplicable
Plazo de Resolución
Según normativa aplicable
Documentación Obligatoria
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación
Datos de Identificación (Obligatorio) |
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De conformidad con lo establecido en el artículo 66.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes que se formulen deberán de contener el nombre y los apellidos del interesado y el artículo 9 regula cual es el sistema de identificación de los interesados. Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad |
Normativa | Arts. 9 y 66 |
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. |
Normativa aplicable | Enlaces |
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Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición. (Arts. 7-12) |
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas. (Art. 94) |
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. (Arts. 9 y 66) |
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Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado. (Norma completa) |